Este martes, 15 de agosto, la Asamblea Nacional llevó a cabo las sesiones 328 y 468.
En la primera sesión el asambleísta, Mariano Zambrano Vera, marcó su voto afirmativo para la aprobación del Protocolo de Nagoya, sobre el Acceso a los Recursos Genéticos y Participación Justa y Equitativa en los Beneficios que se deriven de su Utilización al Convenio sobre Diversidad Biológica, cuyo informe fue presentado por la Comisión Especializada Permanente de Soberanía, Integración, Relaciones Internacionales y Seguridad Integral. En total el Protocolo recibió el voto afirmativo de 73 asambleístas.
Durante la sesión 468 se trató primero el Proyecto de Resolución para el Fortalecimiento de la Prevención, Control y Sanción de Siniestros de Tránsito en las vías del país, aprobado por unanimidad con 130 votos afirmativos.
En cuanto al Segundo debate del Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria de la Ley de Servicio Público, sobre la base del informe que guarda relación con los contratos ocasionales, realizado por la Comisión de Derechos de los Trabajadores, también fue aprobado por unanimidad con 121 votos.
El asambleísta Zambrano destacó la unanimidad con la que se dan por aprobados estos dos proyectos de Ley a los que calificó como un avance de suma importancia en el ámbito Legislativo.
De esta convocatoria queda al pendiente el Segundo debate del Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica del Servicio Público y al Código del Trabajo para Prevenir el Acoso Laboral, en este tema la Comisión de los Derechos de los Trabajadores receptó dos de las observaciones realizadas por el asambleísta Mariano Zambrano. La primera, respecto al tratamiento de este problema social cuando es motivado por las condiciones sociales previstas en el artículo 11.2 de la Constitución, es decir por razones de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género, identidad cultural, estado civil, idioma, religión, ideología, filiación política, pasado judicial, condición migratoria o económica, orientación sexual, estado de salud, portar
VIH, discapacidad, diferencia física o por cualquier otra distinción personal o colectiva, temporal o permanente, que tenga por objeto menoscabar los derechos de las personas. La segunda observación indica que el Acoso puede manifestarse a través de acción u omisión de quien lo promueve y lo ejecuta, porque a través de una conducta de NO HACER, se puede generar maltrato, exclusión o un trato indigno a una persona.
El debate de este tema queda pendiente para su tratamiento en la próxima sesión del Pleno de la Asamblea Nacional.
VAMOS POR MÁS FUTURO